PARA TERMINAR CON TODA LA MISERIA DE LOS MALOS POLITICOS
DEMOCRACIA DIRECTA DE GESTION PRIVATIZADA
Proyecto piloto Argentina
“Refundación de la Patria de los Argentinos”
I.-Marco general de la actuación
Aplicar Plan político “Democracia Directa de gestión Privatizada” de Nicolas Mora Prado
Aplicar Plan Económico “Industrialización Integral” de Nicolás Mora Prado
Aplicar “Marco Geopolítico” de Marcelo Gullo
Aplicar “Plan de Estado Confederal” de Santiago Cuneo
Aplicar “Marco Cultural” de Alejandro Dolina
Aplicar “Marco Etico” del Papa Francisco
Aplicar “Plan de comunicación” de Victor Hugo Morales
II.-Tratamiento de la coyuntura:
Mesa de la concordia politica:
Axel Kichiloff, Miguel Angel Picheto, Guillermo Moreno, Cristina Kitchner, Santiago Cuneo, Maximo Kitchner, Aldo Rico, Juan Grabois, Horacio Rodriguez Larreta, Myriam Bregman, Adolfo Rodriguez Saa, Cuervo Larroque
Echaremos a todos los malos políticos. Para que no vuelvan más¡¡¡¡ Jamás¡¡¡¡
Nosotros, los ciudadanos comunes, seremos los diputados nacionales y gobernaremos la Nación¡¡¡¡. Se les termino el curro a los diputados profesionales.
Se elegirá un presidente de la Nación. Pero el Poder Ejecutivo, con todos sus ministerios sera ejercido por una consultora privada. Gobernara bajo el control de una Auditoria Nacional Ejecutiva (esta sí estará conformada por políticos)
La Auditoría será controlada por el Congreso Nacional
Las actividades administrativas del Congreso Nacional serán cumplimentadas por una consultora privada. Actuará bajo el control de una Auditoria Nacional Legislativa (esta sí estará conformada por políticos)
El Poder Judicial se definirá posteriormente.
Los partidos politicos seguiran existiendo y actuando normalmente. Con su actividad encuadrada en el sistema político "Democracia Directa de Gestión Privatizada.
Los políticos profesionales limitarán su accionar a la integración de las auditorias (ejecutiva, legislativa y judicial).
La cantidad de politicos profesionales se reducirá sustancialmente (menos de la centésima parte de los que hay ahora)
Los políticos profesionales, para presentarse como candidatos a un puesto determinado, deberán aquilatar la formación pertinente.
Los politicos que se presentaen a elecciones, lo podrán hacer, o como integrante de un partido político o "por libre" (satisfechas condiciones de impulso social exigidas)
Propuesta de nuevo sistema político. Democracia Directa de Gestión Privatizada.
Autor: Nicolás Mora Prado
En el presente trabajo se propone la implementación de un sistema denominado “Democracia directa, de gestión privatizada, con control popular inmanente”
Resaltemos en primera instancia que, en el sistema propuesto, si bien se mantiene la división de poderes, se modifica tanto la sistemia de los diferentes poderes constituvos del gobierno nacional, como la relación entre los mismos.
El poder ejecutivo será ejercido por el Presidente de la Nación y será ejecutado por una estructura privada, una Mega Consultora Ejecutiva.
Esta Mega Consultora Ejecutiva será una empresa privada nacional. Será elegida por el partido político que gane las elecciones.
La mega consultora cumplirá todas las funciones inherentes al poder ejecutivo. Con todos los ministerios, y demás organismos pertinentes.
Los cuadros de misión y funciones, tanto del Poder Ejecutivo Nacional, en su unicidad, como de todos y cada uno de los organismos constitutivos del mencionado Poder Ejecutivo Nacional, serán establecidos por autoridad constitucional.
La estructura operativa del Poder Ejecutivo Nacional y de los organismos constitutivos, serán definidos por la Mega Consultora Ejecutiva, dentro del marco establecido por la Constitución Nacional.
Las actividades de la Mega Consultora Ejecutiva serán auditadas, de manera continua, por una Auditoría Nacional Ejecutiva.
La Auditoría Nacional Ejecutiva será un organismo político.
Tanto la misión y funciones de la Auditoría Nacional Ejecutiva, como su estructura operativa, y los cargos integrantes de la misma, serán establecidos con autoridad constitucional.
También constitucionalmente se fijarán las condiciones a satisfacer, sobre cada puesto, para ser nombrado integrante de la Auditoria Nacional Ejecutiva.
Para ser electo como integrante de la Auditoría NacionalEjecutiva, se deberá contar con título habilitante pertinente, según se haya definido constitucionalmente.
Por mandato constitucional será prohibido el nombramiento o utilización de servicios de asesores de ningún tipo ni la contratación de servicios de consultoría por parte de la Auditoría Nacional Ejecutiva.
Las tareas de la Auditoría Nacional Ejecutiva, serán a su vez, auditadas de manera continua por una Auditoria Nacional Mayor, la cual hará fe por delegación de las Naciones Unidas, en cuyo marco operarán.
La única autoridad que estará por encima de la Auditoría Nacional Mayor será el Congreso Nacional.
El Congreso Nacional, por causas justificatorias de muy alta trascendencia, podrá desautorizar a la Auditoría Nacional Mayor. La sanción máxima será la disolución total y permanente de la Auditoría Nacional Mayor. En este caso, el cual deberá estar suficientemente fundado, se dará información tanto al Presidente de la Nación, como a las Auditorías Nacionales actuantes (Ejecutiva, Legislativa y Judicial) . Como así también se informará a la Naciones Unidas con quien se acordarán las condiciones de continuación del sistema.
Los partidos politicos seguiran existiendo y actuando normalmente. Con su actividad encuadrada en el sistema político "Democracia Directa de Gestión Privatizada”.
Los políticos profesionales limitarán su accionar a la integración de las auditorias (ejecutiva, legislativa y judicial).
La cantidad de políticos profesionales se reducirá sustancialmente (menos de la centésima parte de los que hay ahora)
Los políticos profesionales, para presentarse como candidatos a un puesto determinado, deberán aquilatar la formación pertinente.
Los políticos que se presenten a elecciones, lo podrán hacer, bajo una de estas dos condiciones: O como integrante de un partido político, o "por libre" (satisfechas condiciones de impulso social exigidas)
El Poder Legislativo estará constituido por una única cámara, la Cámara de Diputados. La Cámara de Diputados compondrá el Congreso Nacional.
El Congreso Nacional estará constituido por la totalidad de los ciudadanos habilitados para intervenir como diputados nacionales. Las condiciones para ser Diputado Nacional serán poseer ciudadanía nacional, ser mayor de edad y poseer formación básica certificada (primario completo o justificante de idoneidad)
El Congreso Nacional contará con una estructura operativa administrativa que que será provista, onerosamente, por una consultora privada.
El poder legislativo en la totalidad de sus estructuras integradas, tanto las políticas como las privadas, serán auditadas de manera permanente por la Auditoría Nacional Legislativa.
La Auditoría Nacional Legislativa, será a su vez auditada por la Auditoría Mayor
Tanto la Misión y Funciones como la estructura operativa del Congreso Nacional, serán determinados por autoridad constitucional.
El Congreso tendrá una estructura política permanente constituida por la MGL, Mesa de Gestión Legislativa. La MGL estará constituida por un RGL de cada uno de los partidos que hayan superado el 5% de los votos.
Cada partido político (que haya superado el 5% de los votos la elección anterior, elegirá un RGL, Responsable de Gestión Legislativa.
Como decíamos previamente, el Congreso Nacional estará constituido por la totalidad de los ciudadanos habilitados para intervenir. Las condiciones para poder actuar como diputados nacionales serán poseer ciudadanía nacional, ser mayor de edad y poseer formación básica certificada (primario completo o justificante de idoneidad).
Las sesiones del Congreso Nacional se concretarán por Zoom.
La MGL con todos los RGL estará presente en cada sesión plenaria del gobierno.
Por autoridad constitucional se determinaran las comisiones permanentes a implementar. Se determinará el cuadro de misión y funciones, y la estructura de cada una de las comisiones pertinentes mencionadas.
Cada comisión será regida por una MGC, Mesa de Gestión de Comisión.
La MGC estará constituida por un RGC, Responsable de Gestión de Comisión, por cada uno de los partidos políticos que hubieran superado el 5% de los votos.
Cada partido político designará un RGC, Responsable de Gestión de Comisión, para cada una de las comisiones.
Con raigambre constitucional se determinará cuáles serán las competencias que deberá aquilatar quien sea candidato a RGL y a RGC.
Por mandato constitucional estará prohibido el nombramiento o utilización de servicios de asesores de ningún tipo ni la contratación de servicios de consultoría por parte del Poder Legislativo Nacional.
Las Leyes se tratarán por iniciativa presidencial o por iniciativa de cualquier diputado, de un RGL o de un RGC.
Las reuniones plenarias y las reuniones de comisión, para la elaboración, discusión y aprobación de leyes, se concretarán de manera presencial y online, de manera simultánea. Se utilizará el edificio del Congreso Nacional.
Como ya se ha adelantado, se contratarán estructuras privadas para la cumplimentación de los marcos objetivacionales definidos por el poder legislativo, encuadrados en el marco constitucional.
Como ya fue adelantado, el poder ejecutivo será ejercido por el Presidente de la Nación y será ejecutado por una estructura privada, una Mega Consultora Ejecutiva.
Esta Mega Consultora Ejecutiva será una empresa privada nacional. Será elegida por el partido político que gane las elecciones. Todas las mega consultoras elegidas (ejecutiva, legislativa y judicial) requerirán el aval definitivo del Congreso Nacional, antes de entrar en funciones.
La mega consultora cumplirá todas las funciones inherentes al poder ejecutivo. Con todos los ministerios, y demás organismos pertinentes.
Los cuadros de misión y funciones tanto del Poder Ejecutivo Nacional, en su unicidad, como de todos y cada uno de los organismos constitutivos del mencionado Poder Ejecutivo Nacional, serán establecidos por autoridad constitucional.
La estructura operativa del Poder Ejecutivo Nacional y de sus organismos constitutivos, serán definidos por la Mega Consultora Ejecutiva, dentro del cuadro de misión y funciones constitucionalmente establecido y serán sometidos a aprobación por parte del Congreso Nacional.
Las actividades de la Mega Consultora Ejecutiva serán auditadas, de manera continua, por una Auditora Nacional Ejecutiva.
La Auditoria Nacional será un organismo político.
Tanto la misión y funciones de la Auditoría Nacional Ejecutiva, como su estructura operativa, y los cargos integrantes de la misma, serán establecidos constitucionalmente.
También constitucionalmente se fijarán las condiciones a satisfacer, sobre cada puesto, para ser nombrado integrante de la Auditoría Nacional Ejecutiva.
Para ser electo como integrante de la Auditoría NacionalEjecutiva, se deberá contar con título habilitante pertinente, según se haya definido constitucionalmente.
Por mandato constitucional será prohibido el nombramiento o utilización de servicios de asesores de ningún tipo ni la contratación de servicios de consultoría por parte de la Auditoría Nacional Ejecutiva.
Las tareas de la Auditoría Nacional Ejecutiva, serán a su vez, auditadas de manera continua por una Auditoria Mayor, la cual hará fe por delegación de las Naciones Unidas, en cuyo marco operarán.
El Poder Judicial será dirigido por la Suprema Corte de Justicia.
Los jueces de la Suprema Corte serán elegidos por el Congreso Nacional
Las actividades inherentes al Poder Judicial serán ejecutadas por una Mega Consultora Judicial.
La misión y Funciones del Poder Judicial y de sus estructuras componentes serán establecidas con asiento Constitucional.
Las estructuras operativas de los órganos integrantes del Poder Judicial, salvo la Corte Suprema, serán determinadas por la Mega Consultora Judicial, con atención al cuadro de misión y funciones legalmente establecido, según marco establecido por la Constitución Nacional.
Las actividades de la Mega Consultora Judicial serán auditadas por la Auditoría Nacional Judicial.
La Auditoria Nacional Judicial será un organismo electivo. Los miembros de la Auditoria Nacional Judicial serán elegidos por los ciudadanos. Por votación directa
La constitución dictaminará tanto la misión y funciones como así también la estructura de la Auditoria Nacional Judicial.
Así mismo las competencias que deberán aquilatar los integrantes de la Auditoria Nacional Judicial, serán determinadas mediante autoridad constitucional.
Los candidatos a la Auditoria Nacional Judicial, presentados por los partidos políticos, para cubrir los puestos, deberán poseer las competencias establecidas.
Por mandato constitucional estará prohibido el nombramiento o utilización de servicios de asesores de ningún tipo ni la contratación de servicios de consultoría por parte de la Auditoría Nacional Judicial.
La Auditoría Nacional Judicial, será auditada por la Auditoría Mayor. Actuante en el marco de las Naciones Unidas.
Ninguna posibilidad de manejo político de clientelismo
RECONFORMACION HISTÓRICA DEL SISTEMA POLITICO ARGENTINO
"Democracia Directa de Gestión Privatizada"
RESUMEN
1.-Democracia Directa. Todos los ciudadanos seremos Diputados Nacionales. Se eliminará la Cámara de Senadores
2.-La gestión de gobierno del Poder Ejecutivo será ejercida por una Mega Consultora Privada, Controlado por una Auditoría Nacional (integrada por políticos)
3. Los políticos actuarán solo en unos pocos cargos públicos a nivel de Poder Ejecutivo (Presidente y pocos cargos más). Y a nivel de Poder Legislativo (Mesa de coordinación legislativa). Los políticos participarán de los órganos de auditoría (puestos electivos)
4.-El control final y decisivo será ejecutado por el Congreso Nacional (la totalidad de los ciudadanos.
5.-El Poder Judicial será tratado oportunamente, galvanizándose su independencia
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